lunes, 15 de octubre de 2007

Haciendo un poco de historia...


ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
El leasing fue, hasta la sanción de la ley 24.441 un contrato innominado.
Más allá de las similitudes que el leasing tenga con otras figuras jurídicas como la locación y la compraventa, resultaba evidente que entre ambos existe una diferencia sustancial dado que lo fundamental en el leasing es que es una operación de naturaleza financiera y de garantía. Así lo ha dicho la doctrina y en forma muy precisa la jurisprudencia: "El contrato de leasing denominado también de locación o arrendamiento financiero es, en esencia, una operación financiera consistente en facilitar la utilización de maquinarias y equipos a quien carece de capital necesario para su adquisición, merced a una financiación a largo o mediano plazo -coincidente con el plazo de amortización del bien en cuestión y garantizada por éste cuyo dominio se reserva mediante el pago periódico de un alquiler o canon, con la posibilidad de adquirirlo a su conclusión por un valor determinado."
El régimen funcionó perfectamente, salvo en el caso de concurso del tomador del leasing, o cuando los derechos del dador entraban en conflicto con los de terceros: en estos casos se planteaba un problema de prueba para establecer el privilegio de ambos derechos, prueba que en muchos casos era de difícil producción y de incierta interpretación.
Por otra parte, tratándose de bienes muebles no registrables, bien es sabido que la posesión vale título; en consecuencia, la primera prueba que las partes debían producir, tendía a demostrar que la transferencia había sido hecha, como simple tenedor o como poseedor, vale decir, debía probarse si el detentador de la cosa era locador o propietario. Del resultado de esa prueba dependía quien fuera vencedor en el litigio.
Estas dificultades hacían al leasing poco seguro, incertidumbre que como en todos los casos similares, se traducía en un problema de costos de la operación, costos que podían elevarse a tal extremo que la hacían antieconómica.

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